Premio Nacional de Derechos Humanos 2011
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, con fundamento en los artículos 3, 19 fracción III, 109, 110, 111 y 112, y demás relativos de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles y de acuerdo con el Reglamento sobre dicho Premio, declara que éste se otorga como un reconocimiento público que la sociedad mexicana confiere a la persona que se haya destacado en la promoción efectiva y en la defensa de los derechos humanos en nuestro país. En consecuencia:
Convoca
Al público en general, organismos públicos o privados, para que propongan a quien estimen se haya destacado en la promoción efectiva y en la defensa de los derechos humanos en nuestro país, de conformidad con las siguientes:
Bases
Primera. Cualquier persona, organismo público o privado, podrá presentar una propuesta de candidatura por escrito y/o personalmente al Secretario del Consejo de Premiación a partir de la publicación de esta convocatoria y hasta las 18:30 horas del Martes 1 de Noviembre de 2011, o enviar ésta por correo certificado o mensajería especializada antes del 28 de octubre de 2011, al domicilio Carretera Picacho Ajusco 238, cuarto piso, Col. Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan, C.P. 14210, México, D.F., adjuntando los siguiente documentos:
Del Proponente:
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, con fundamento en los artículos 3, 19 fracción III, 109, 110, 111 y 112, y demás relativos de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles y de acuerdo con el Reglamento sobre dicho Premio, declara que éste se otorga como un reconocimiento público que la sociedad mexicana confiere a la persona que se haya destacado en la promoción efectiva y en la defensa de los derechos humanos en nuestro país. En consecuencia:
Convoca
Al público en general, organismos públicos o privados, para que propongan a quien estimen se haya destacado en la promoción efectiva y en la defensa de los derechos humanos en nuestro país, de conformidad con las siguientes:
Bases
Primera. Cualquier persona, organismo público o privado, podrá presentar una propuesta de candidatura por escrito y/o personalmente al Secretario del Consejo de Premiación a partir de la publicación de esta convocatoria y hasta las 18:30 horas del Martes 1 de Noviembre de 2011, o enviar ésta por correo certificado o mensajería especializada antes del 28 de octubre de 2011, al domicilio Carretera Picacho Ajusco 238, cuarto piso, Col. Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan, C.P. 14210, México, D.F., adjuntando los siguiente documentos:
Del Proponente:
1. Oficio firmado por la persona o por el representante legal del organismo público o privado.
Del Candidato (a):
2. Copia del acta de nacimiento o de la carta de naturalización; currículo, incluyendo domicilio, teléfono y, en su caso, correo electrónico, semblanza con extensión máxima de tres cuartillas.
3. Los documentos tendentes a acreditar los méritos que contengan una valoración de su trayectoria, materiales bibliográficos, audiovisuales, gráficos, cursos, conferencias y, por otra parte, los casos en los que haya intervenido y de cualquier otro tipo que demuestren la pertinencia de la candidatura.
Los elementos que se ofrezcan para acreditar los méritos serán susceptibles de verificarse por cualquier medio.
4. La información a que se hace referencia en los números 1, 2 y 3 anteriores, deberá presentarse, además de por escrito, en archivo electrónico.
Segunda. Se podrán proponer candidaturas de personas post mortem, anexando a los documentos señalados anteriormente, la respectiva acta de defunción.
Tercera. La candidata o el candidato no podrán estar contendiendo por un puesto de elección popular y no deberá ocupar ni haber ocupado el cargo de Consejero de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Cuarta. De las solicitudes que cumplan los requisitos se llevará un registro. El Secretario del Consejo de Premiación será el enlace entre éste y el Jurado.
Quinta. El Jurado revisará las candidaturas registradas y, una vez dictaminadas, deberá presentar la propuesta al Consejo de Premiación quien designará a la persona ganadora del Premio Nacional de Derechos Humanos.
El Consejo de Premiación tendrá la facultad de declarar desierto el Premio. El Consejo de Premiación tendrá la facultad de reconocer con Mención Honorífica a una persona distinta a la ganadora del Premio Nacional.
Sexta. El resultado de la presente convocatoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación, la Gaceta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en su página web y también se difundirá a través de los medios masivos de comunicación.
Séptima. El Premio consistirá en una medalla en oro de ley 0.9000, en su anverso llevará la inscripción “Premio Nacional de Derechos Humanos” y en el reverso el nombre de la persona ganadora del Premio, el año y la leyenda: “Por la promoción y defensa de los derechos fundamentales”, una cantidad en numerario por $250,000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.) y un diploma firmado por el Presidente de la República y el Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
La Mención Honorífica consistirá en un diploma firmado por el Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y una medalla.
Octava. La ceremonia para la entrega del Premio se realizará en un acto público y solemne en fecha que se dará a conocer con toda oportunidad.
Novena. Los casos no previstos en esta convocatoria, serán resueltos por el Jurado de Premiación y en definitiva por el Consejo de Premiación.
Dr. Raúl Plascencia Villanueva.
Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Para mayores informes llamar a los teléfonos 01 800 715 2000, 56 44 22 88 y 56 31 00 40, ext. 2372, 2373 y 2336, o consultar la página electrónica: http://www.cndh.org.mx, o acudir a las oficinas de la Secretaría del Consejo de Premiación, ubicadas en Carretera Picacho- Ajusco 238, tercer piso, Col. Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan, C.P. 14210, México, D.F.
Enalce de la Convocatoria: http://www.cndh.org.mx/node/653